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Granizo y Seguros del Campo

CAMPO

GRANIZO SOBRE CEREALES Y OLEAGINOSAS

GRANIZO TRADICIONAL

Cobertura
Protege el rendimiento sobre sementeras de cereales y oleaginosas. Cubre los cultivos tradicionales de la Pampa Húmeda: Trigo, Girasol, Maíz, Soja de 1era, Soja de 2da, Alpiste, Lino, Arroz, Algodón, Avena, Centeno, Cebada y Sorgo.

Modalidad de contratación
Puede optar por tomar el seguro en pesos, dólares o quintales. Para los dos primeros planes, la indemnización se adelantará y será efectuada luego de la tasación.

Coberturas adicionales incluidas
- INCENDIO: Se otorga la cobertura sin costo adicional, en un 50% de la de granizo. Se cubren los daños materiales causados a los frutos y productos asegurados, de la plantación en pie, por la acción directa e indirecta del fuego, rayo o explosión. Se entiende por fuego toda combustión que origine incendio o principio de incendio.
- RESIEMBRA: Las especies de Cosecha Gruesa poseen una Cláusula de Resiembra, sin costo adicional, en un 20% de la suma asegurada. Se cubren desde la etapa de plantas emergidas y claramente visibles. Se recomienda la resiembra cuando el daño es superior al 50%.

Zonas de cobertura

  • Provincia de Bs. As., en todos los Partidos
  • Provincia de Córdoba, en la mayoría de sus departamentos
  • Provincia de Santa Fe, en todos los Departamentos
  • Provincia de Entre Ríos, en todas las localidades
  • Provincia de Chaco, en todas las localidades
  • Provincia de Corrientes, en todas las localidades
  • Provincia de La Pampa, en algunas localidades
  • Provincia de San Luis, en algunas localidades
  • Región N.O.A. (Provincias de Santiago del Estero, Salta, Jujuy y Tucumán), en todas las localidades

GRANIZO CON ADICIONALES

Cobertura
Protege el rendimiento sobre sementeras de cereales y oleaginosas. Cubre los principales cultivos: Trigo, Girasol, Maíz, Soja de 1era, Soja de 2da y Cebada.

Modalidad de contratación
Puede optar por tomar el seguro en pesos, dólares o quintales. Para los dos primeros planes la indemnización se adelantará y será efectuada luego de la tasación.

Adicionales
- VIENTO: Cobertura que protege los cultivos contra los daños ocasionados por vientos fuertes, y en la misma suma asegurada cubierta por Granizo.
- HELADA: Cobertura que protege a los cultivos contra los daños ocasionados por heladas, y en la misma suma asegurada cubierta por Granizo.

Coberturas adicionales incluidas
- INCENDIO: Sin costo adicional.
- RESIEMBRA: Sin costo adicional.

Zonas de cobertura

  • Provincia de Bs. As., en todos los Partidos
  • Provincia de Córdoba, en la mayoría de sus departamentos
  • Provincia de Santa Fe, en todos los Departamentos
  • Provincia de Entre Ríos, en todas las localidades
  • Provincia de La Pampa, en algunas localidades

GRANIZO CON FRANQUICIA ABSOLUTA

Cobertura
Protege el rendimiento sobre sementeras de cereales y oleaginosas.
Cubre los principales cultivos: Trigo, Girasol, Maíz, Soja de 1era, Soja de 2da y Cebada.

Franquicia absoluta:
Equivale al 5% del total de suma asegurada de la póliza y permite obtener un descuento en el costo del seguro, debido a la aplicación de la misma.

Modalidad de contratación
Puede optar por tomar el seguro en pesos, dólares o quintales. Para los dos primeros planes, la indemnización se adelantará y será efectuada luego de la tasación.

Coberturas adicionales incluidas
- INCENDIO: Sin costo adicional.
- RESIEMBRA: Sin costo adicional.

Zonas de cobertura

  • Provincia de Bs. As., en todos los Partidos
  • Provincia de Córdoba, en la mayoría de sus departamentos
  • Provincia de Santa Fe, en todos los Departamentos
  • Provincia de Entre Ríos, en todas las localidades
  • Provincia de La Pampa, en algunas localidades

FRUTALES

Cobertura
Cobertura de Granizo sobre plantaciones de Manzanos, Perales, Ciruelos y Durazneros en el alto Valle de Río Negro.

Zonas de cobertura

  • Provincia de Río Negro
  • Provincia de Neuquén

INTEGRAL CHACRAS

Cobertura
Es un multiriesgo agropecuario con un plan especialmente adaptado para productores independientes (Plan Chacra Tradicional) ó bien para Instituciones y Empresas (Plan Chacra Provincia C).
Cubre Incendio, Robo y Responsabilidad Civil de establecimientos rurales. Esta cobertura posee una importante bonificación en las tasas de prima. Cuenta con una parte básica, otra adicional optativa y una colectiva optativa.

Básicas
- INCENDIO: de la vivienda, contenido de las mismas, maquinarias agrícolas, sementeras de cereales y oleaginosas y alambrados.
- ROBO: del contenido de la vivienda y electrodomésticos.
- RESPONSABILIDAD CIVIL: Escape de haciendas a rutas y caminos.

Adicional
(Optativa: como ampliación de la cobertura básica)

  • Huracán, vendaval, ciclón y tornado para la vivienda principal
  • Incendio de Vivienda secundaria (Casa Chacra)
  • Accidentes Personales: para el propietario del establecimiento y sus familiares

Colectiva
(Optativa: como ampliación de la cobertura básica)

  • Accidentes Personales para el Peón Agropecuario
  • Automotor: automóviles y pick-up matriculados en zonas de baja siniestralidad

Esta cobertura, exclusiva para los adherentes al Plan Chacra Tradicional y Plan Chacra Provincia C, goza de una bonificación del 15 % en su costo final.

MULTIRRIESGO AGRÍCOLA

El Seguro de Multi-Riesgo Climático posee los siguientes atributos:

Cobertura
Se aseguran cultivos de la especie: Trigo, Maíz, Girasol y Soja de 1era. La cobertura de Seguro de Multi-Riesgo es amplia (se cubren riesgos climáticos). Se considera riesgo al fenómeno climático en la medida en que afecte realmente al rendimiento y/o la supervivencia de el/los cultivo/s en forma verificable.

Unidad asegurada
Se considera como Unidad asegurada toda la superficie sembrada con un mismo cultivo en un predio. Por consiguiente deberán ser asegurados todos los lotes, de un mismo cultivo, que estén dentro de un mismo establecimiento. En la Propuesta de seguro quedará registrada esta característica.

Riesgos cubiertos
. Lluvias en exceso o extemporáneas:
Aquellas precipitaciones que en los suelos con drenaje adecuado, provoquen pérdidas o disminuciones en el rendimiento, que produzcan asfixia de el/los cultivo/s en forma verificable, y ocurran durante el ciclo de vida del cultivo.
. Inundación imprevista o inevitable:
Cuando por efecto de desbordes de cauces de agua se vea afectado el cultivo. Para ser imprevista, no deberá haber sufrido el fenómeno en los últimos cinco años anteriores al presente. La unidad asegurada no puede haber sido nunca un curso de aguas, salvo que disponga de obras de arte adecuadas para impedir los cursos de agua, y debe presentar un correcto drenaje.
. Sequía:
Ausencia de lluvias en cultivos ya arraigados que reduzcan la disponibilidad de agua del suelo, produciendo un estado de marchites generalizado en todo el cultivo, afectando su desarrollo y producción.

Vuelco por vientos fuertes:
La acción del viento con o sin lluvias que dé como resultado en forma separada o conjunta: vuelco irreversible de las plantas y/o fractura de tallos. Se considerarán arraigados a aquellos cultivos que tengan más de treinta días de nacidos. Los daños serán considerados siempre y cuando se presenten visibles en un radio no menor a 5 Kms, medidos a partir del predio asegurado y afectando a varios tipos de cultivos de la misma zona.

. Granizo:
Cuando precipitaciones sólidas de agua produzcan lesiones en la estructura de las plantas, que afecten la producción o la probabilidad de recolección del cultivo.

. Heladas:
Temperaturas iguales o menores al punto de congelación del agua que dé como resultado cualquiera de los daños en forma separada o conjunta: Formación intercelular de cristales de hielo en los tejidos (muerte celular), marchites de órganos reproductores, deshidratación o granos chupados.

. Altas temperaturas:
Temperaturas superiores a las que soporta la especie cultivada para su normal desarrollo y producción.

Daños cubiertos
Se protege el valor de la inversión en el cultivo de la Unidad asegurada.

Suma asegurada
La Suma Asegurada, será acordada entre Aseguradora y Asegurado, con un máximo por zona y cultivo.

Indemnizaciones
Las Indemnizaciones serán sin ningún tipo de franquicia y comenzarán a ser efectivas cuando el valor de la producción cosechada sea menor a la Suma Asegurada.

Zonas de cobertura

  • Provincia de Buenos Aires
  • Provincia de Córdoba, en algunas localidades
  • Provincia de Santa Fe, en algunas localidades

CAMPO /  OTROS

GALPÓN, SILOS E INSTALACIONES
Cobertura

Ampara el edificio, la maquinaria y la mercadería contra el riesgo de Incendio (autocombustión).
Cuenta con adicionales de Huracán, vendaval, tornado y ciclón.

TAMBERO MEDIERO
Cobertura
Es un accidente personal que toma el dueño del tambo para cubrirse de accidentes que pueda sufrir el tambero mediero.
Es un seguro complementario de las coberturas que realizan las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART).
Cuenta con dos alternativas en el monto a indemnizar en la asistencia médica farmacéutica.

PEÓN TEMPORARIO
Cobertura
Accidente personal, complementario de las coberturas que realizan las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART). Se cubren los 365 días del año.
Cuando se trata de seguros colectivos, tres o más personas, cuenta con una bonificación en su costo.

SEGURO APÍCOLA
Cobertura
Cubre el incendio, robo y hurto de las colmenas. De suma utilidad para aquellas personas que solicitan créditos bancarios para la ampliación de su apiario.

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