a- Comunicarse con el Centro de Atención Permanente, consignado en el contrato
b- Proporcionar la ubicación exacta del paciente: calle, número, piso, calles laterales, etc. También se deberán informar los datos personales del mismo.
c- De haber atendido al paciente en un prestador fuera de la red, tendrá que conectarse en segunda instancia con el CAP, a fin de proceder a la posterior derivación del damnificado a un prestador habilitado.
d- Consignar en la denuncia por accidente laboral que se remite a la ART dentro de las 24 horas posteriores al accidente, el centro asistencial al cual fue derivado, en primera instancia, el individuo perjudicado.
Se debe recordar que las tarjetas personales provistas por la ART, no acreditan afiliación alguna, están realizadas sólo con un objetivo informativo, a fin de facilitar la confección de la documentación inherente al siniestro.
No dude en consultarnos. Podremos mejorar sus costos de ART, priorizando excelentes servicios. CTC SEGUROS cuenta con personal especializado en este riesgo, profesionales de mucha experiencia en el manejo de los siniestros.